PARA LOS TRABAJADORES QUE REALICEN EXÁMENES ONCOLÓGICOS PREVENTIVOS ANUALES
LEY N° 31479
Se publicó la Ley N° 31479, que incorpora el artículo 12° a la Ley N° 31336, Ley Nacional del Cáncer, y dispone lo siguiente:
• Los trabajadores del sector público y privado, independientemente de la naturaleza contractual de su vínculo laboral, tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
• Para acceder a esta licencia, el trabajador deberá coordinar previamente con el empleador, además de presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Posteriormente, deberá presentar los documentos que acrediten dicha atención.
La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.
FECHA DE PUBLICACIÓN: 25/05/22