+51 933 539 949 administracion@vlh.pe

<strong>EXONERAN EL IGV A ALIMENTOS DE LA CANASTA BÁSICA FAMILIAR</strong>

mayo 28, 2022

LEY N° 31452

Recientemente se ha dispuesto la exoneración del IGV, hasta el 31 de julio de 2022, a la venta o importación en el país de los siguientes bienes que conforman la canasta básica familiar:

PARTIDAS ARANCELARIASPRODUCTOS
0207.11.00.00
0207.14.00.90
Carne de aves de la especie Gallus domesticus frescos, refrigerados o congelados
0407.21.90.00Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus
1701.14.00.00
1701.99.90.00
Azúcar
1902.11.00.00
1902.19.00.00
Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma.
1905.90.90.00Solo: pan

Asimismo, se ha establecido que los contribuyentes que comercialicen los bienes señalados en el cuadro anterior podrán aplicar como crédito fiscal, el IGV correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales serán determinados mediante Decreto Supremo.

  • Plazo: 3 meses. Desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2022.
  • Crédito Fiscal: El IGV pagado en los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados – los cuales serán determinados mediante Decreto Supremo – podrán ser utilizados como crédito fiscal. No se ha previsto la devolución del crédito fiscal acumulado.
  • Amazonía: La exoneración también será aplicable en las zonas comprendidas en la Amazonía a que se refiere la Ley N° 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3vof92N

FECHA DE PUBLICACIÓN: 14/04/22

VIGENCIA: 01/05/2022

Quizás también te interese leer: 

APRUEBAN VARIABLES PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE

DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC) R.S. N° 000066-2022/SUNAT Los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional y/o el servicio de transporte público terrestre de carga tienen como beneficio...

APRUEBAN NUEVAS VERSIONES DEL PDT

PLANILLA ELECTRÓNICA E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO R.S. N° 000059-2022/SUNAT Se ha aprobado el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual No. 0601 – Versión 4.1, en vista a que se ha incrementado la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al...

EXCLUYEN A DETERMINADOS COMBUSTIBLES DE LA AFECTACIÓN AL

IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC) Se ha excluido hasta el 30.06.2022 del Nuevo Apéndice III de la Ley del IGV (donde se listan determinados bienes que están gravados con el ISC), los bienes (combustibles) contenidos en las siguientes partidas arancelarias: PARTIDAS...

MODIFICA LEY DEL IGV- CRÉDITO FISCAL

DECRETO LEGISLATIVO 1540   Modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas y el Código Tributario, en relación al crédito fiscal, registros electrónicos, apreciación del criterio de complejidad en la afectación del plazo para resolver por la SUNAT o el Tribunal...

VALOR DE MERCADO EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

DECRETO LEGISLATIVO 1537 Mediante el Decreto Legislativo N°1537 se modifica la Ley del Impuesto a la Renta con el objeto de flexibilizar el plazo para la presentación de la comunicación de bienes exportados e importados y la obligación de la información a registrarse...

Abrir chat
Contacta con nuestros asesores en línea
En qué podemos ayudarte?