REDUCIENDO EL PLAZO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS DE LOS CONSUMIDORES
LEY Nº 31435
Ley que permite reducir este plazo de atención de reclamos de 30 días calendarios a 15 días hábiles.
Asimismo, la Ley también establece que, en caso de uso del Libro de Reclamaciones, los establecimientos comerciales tienen la obligación de dar respuesta a los reclamos y quejas que se consignen en 15 días hábiles improrrogables.
En cuanto a su reglamentación, el INDECOPI tendrá un plazo no mayor a 30 días calendario contados a partir de la publicación de la ley para emitir las directivas necesarias o adecuará las existentes para la aplicación efectiva de lo referido a los reclamos en el Libro de Reclamaciones.
FECHA DE PUBLICACIÓN: 22/03/22
VIGENCIA: En la primera disposición complementaria final, se precisa que las medidas efectuadas empezarán a estar vigentes a los 60 días calendarios contados a partir del siguiente día de su publicación en el diario oficial El Peruano.